En su reciente visita a España, luego de reunirse con Mariano Rajoy, el presidente Rafael Correa protestó contra la legislación española que establece que, si uno mantiene un crédito hipotecario con un banco, su deuda no se extingue con la sola entrega de la casa. Al contrario: si la deuda supera el valor del inmueble hipotecado, el deudor debe responder con el resto de su patrimonio. Correa dijo que eso equivalía a que el costo de la crisis lo soporten los seres humanos por encima del capital.
Lo que Correa no sabía y parece haber descubierto después es que la ley española, en este punto, es idéntica a la ley vigente en Ecuador. Es más, se trata de un principio general de derecho privado que existe en la mayoría de países. Si me prestan USD 100.000 e hipoteco una casa que vale USD 130.000, la primera garantía de mi acreedor es, por supuesto, la casa. Pero si no pago, mi deuda generará intereses y es muy probable que llegue a superar los USD 130.000 que vale el inmueble. Además, puede que el valor de la casa disminuya en el tiempo. En cualquier caso, si la casa no cubre la deuda, el acreedor —sea o no un banco— tiene un legítimo derecho a recuperar el préstamo sobre el resto de mis propiedades.
Pero no por ello la tesis de Correa es equivocada en cuanto al específico caso español.
En España existe una crisis hipotecaria similar a la que ocurrió en Estados Unidos. Los bancos se excedieron en prestar a personas que no debían ser sujetos de crédito, con la garantía de inmuebles que se estimaron en un valor superior al real. Cuando esos deudores no pudieron pagar, eso provocó que el precio de las casas cayera en masa. Por tanto, como las casas de repente valían mucho menos que las deudas, resulta que los deudores no solo se quedaron sin vivienda, sino que siguen siendo perseguidos por los bancos. Si a ello sumamos que España atraviesa una crisis terrible de empleo, el panorama es desolador.
En este escenario, con una crisis generada, al menos en parte, por el mismo sistema financiero, lo que propone Correa es que el costo de la crisis no sea asumido en su parte más dramática por ciudadanos que, además de estar desempleados, viven la tragedia de mantener deudas exorbitantes que no van a poder pagar con las casas que hipotecaron a un valor irreal.
Sí, proponer que los bancos se conformen con recibir los inmuebles implica que renuncien a parte de sus acreencias. Pero es justo que los bancos compartan el sacrificio por una crisis que contribuyeron a ocasionar. No es justo, en cambio, que los deudores, que son la parte más débil y que tuvo menos información, tengan que pagar todos los platos rotos. Esta tesis es por muchos debatida, pero se trata de una propuesta bastante equitativa y razonable, que incluso ya ha sido en cierta medida acogida por el gobierno español.
Lo disparatado es querer aplicar esa misma lógica a Ecuador, cuando aquí no existe ninguna crisis hipotecaria.
Correa alega que mantener las deudas luego de devolver la casa es poner al capital por encima de los seres humanos. Sostener eso en Ecuador es una falacia. Si yo presto dinero y mi casa no cubre la deuda, el banco —como cualquier acreedor— no va a atacar a mi “persona”, sino al resto de mis “bienes”. El principio de que el patrimonio general responde por las deudas es precisamente un método para responsabilizar al capital —de los deudores— y no a los seres humanos. Por eso nuestra Constitución prohíbe la prisión por deudas. Si en Ecuador no hay ningún problema general con el sistema financiero, los bancos no tienen por qué renunciar a cobrar préstamos que legítimamente concedieron, cuando los deudores dejan de pagar por razones de carácter exclusivamente personal.
Además, la tesis de Correa en Ecuador es un arma de doble filo. Todos los grandes deudores del Estado podrían argumentar que sus garantías prendarias e hipotecarias son suficientes para extinguir sus descomunales obligaciones y que toda la AGD fue un gran abuso contra las “personas por encima del capital”. Para colmo, Correa estaría atacando a los contribuyentes y los trabajadores, que financian al Banco del IESS, hoy el principal prestamista hipotecario del país.
En fin, Correa no necesita imponer una reforma legal que no tiene ningún sustento jurídico o económico en Ecuador, solo por tratar de ser coherente con sus críticas al sistema legal de España. Bien puede Correa sostener tesis distintas para situaciones económicas también distintas, sin recetar un remedio para una enfermedad que afortunadamente no existe en Ecuador.
NOTA: Este artículo fue escrito antes de que Correa enviara un proyecto económico urgente a la Asamblea Nacional sobre el tema, donde limita la extinción de la deuda hipotecaria con la entrega de la casa a un monto de 500 remuneraciones básicas (aproximadamente 150 mil dólares), con lo cual no se beneficiaría a los “grandes deudores del Estado”.
Imagen de Sasnia.es




14 comentarios:
bueno, el presidente Correa claramente ha advertido que la reforma apunta a evitar basicamente un único efecto nocivo, como es la ¨exclusión social¨ de la persona ( y su familia ).
En otras palabras, evitar el famoso ¨hacer leña del árbol caido¨. Todo lo que se de en el camino va dirigido a evitar eso.
Y es que el problema de la burbuja hipotecaria, actualmente inexistente en Ecuador, no es lo que importa, sino sus consecuencias.
En Europa y los EE.UU. los bancos están tomando los bienes inmuebles por los que originalmente dieron los prestamos hipotecaros. Y por la crisis, lo han hecho a un valor ¨castigado¨, o reexpresado a la baja.
Pero luego, cuando llegue la recuperación ( y la historia demuestra que siempre llega, aunque solo sea para algunos ), esos mismos inmuebles podrán ser vendidos otra vez, a un nuevo y mejor precio.
Pero el banco sigue cobrando al deudor. Así que finalmente el banco no pierde.
El problema es que el deudor, además de perder un bien tan estrategico en la vida personal y familiar, como es un inmueble, queda aun con deudas. Y esas deudas deberá pagarlas con sus otros bienes. Y si no los tiene, con los bienes o el dinero que obtenga en el futuro trabajando duramente. Y eso si es que el deudor puede conseguir empleo, en medio de una tremenda crisis.
Esa espiral lleva finalmente a una ¨exclusión social¨, por la cual el individuo y su familia se colocan al margen de una mínima estabilidad social y productiva. Y eso es lo que realmente esta reforma busca evitar.
Por otra parte, para nada es disparatada ni falaz la propuesta del presidente Correa.
Ciertamente, el acreedor no persigue personas, sino bienes, y no hay prisión por deudas.
Pero la perdida o merma significativa del patrimonio si reduce la funcionalidad social del invididuo y su familia ( la ya mencionada ¨exclusión social¨, a la que apunta evitar la reforma ).
Y considero acertado que el presidente proponga esta reforma preventivamente.
Realmente, si no hay crisis, los bancos no deben temer, pues los deudores podrán cumplir regularmente sus obligaciones.
Además, la reforma protege solo al deudor de buena fe, y actualmente hasta un monto de $150.000, valor que rondan las viviendas para la clase media.
Por otro lado, en circunstancias normales, el deudor siempre podrá renegociar su deuda, lo cual realmente es beneficioso para el banco, que siempre busca colocar dinero en el mercado, para obtener los intereses de ley.
Después de todo, al deudor ( de buena fe ) no le interesa perder su inmueble. Y al banco tampoco le interesa llenarse de inmuebles, porque es no ese realmete su negocio, sino recuperar el dinero, con intereses. Salvo que, tentados por la ambición, irresponsablemente los bancos ( ¿ sus administradores ? ) concedan créditos irrecuperables, con la mala intención de apoderarse posteriormente del dinero y los bienes ajenos, aprovechando las imperfecciones del sistema.
Pero si las partes han contratado de buena fe, sobre todo el banco, nadie tiene nada que temer ante esta reforma.
GRACIAS POR EL DATO ME AYUDO A TENER UNA VISIÓN GLOBAL DEL TEMA Y NO SOLO A CENTRARME EN LA PRIMERA OPINION...MUY BUEN COMENTARIO
Es "extraño" que en ese caso considere que el capital se pone por encima de la persona siendo que cuando demandó a los periodistas del Universo, no le importaba que ellos pierdan todo y que aún tengan que seguir pagando (que era lo que se esperaba sea). Una actitud pseudo-cristiana la de Correa. (lo digo pues el presidente afirma ser católico, lo cual es una verguenza por quienes en realidad lo somos. Por cierto, no puede haber perdón sino hay el propósito de dejar atrás en la memoria, lo acaecido)
existe una diferencia sustancial entre el tema de las deudas hipotecarias y una demanda por injurias calumniosas.
Lo primero, la reforma materia de este articulo, apunta a evitar el deterioro económico o ¨exclusión social¨ de los ciudadanos y sus familias, producto de una ( posible ) crisis económica, ocasionada por la manipulación que la banca hace de las imperfecciones del sistema, como ha ocurrido en España.
Lo segundo, esto es, demandar por injurias calumniosas y exigir resarcimiento económico, tiene que ver con el derecho a la honra consagrado en la Constitución, las leyes y los convenios internacionales, como el de San Jose.
No es lo mismo estar en riesgo de empobrecimiento o ¨exclusión social¨, consecuencia de una crisis económica propiciada por otros, a lo que apunta avitar la reforma hipotecaria, que tener que pagar dinero o entregar bienes a consecuencia de la comisión de un delito, como son las injurias calumniosas.
Y en cuanto a eso de si Correa es o no cristiano consecuente, deja a Dios el veredicto.
Mientras tanto, Correa tiene el derecho a demandar a todo el que lo calumnie. Y como presidente está facultado a tomar todas las decisiones a que le permitan las leyes.
además de la reforma al sistema de las hipotecas, con el fin de evitar una ¨burbuja inmobiliaria¨ o hipotecaria, el gobierno del presidente Correa ha implementado otras medidas.
La principal fue haber reintroducido al Estado, a través del IESS, en el sector de la construcción, depués de 10 años de alejamiento debido a las políticas de los gobiernos neoliberales.
Actualmente el IESS ( o su BIESS ) ha asumido cerca del 60% de los préstamos hipotecarios del sistema financiero.
Por otra parte, los prestamos hipotecarios otorgados por el IESS ( BIESS ) se cobran a través del rol, debitados por el empleador. Es decir, el pago está bastante asegurado. Y siempre existe la opción de renegociar la deuda, toda vez que el acreedor, en este caso, es una institución sin fin de lucro y con finalidad social.
Además, la Junta Bancaria ha tomado medidas para evitar las operaciones bancarias especulativas, como la de comprar cartera hipotecaria en España, para cobrar a los migrantes. Para eso, se ha establecido que los bancos provisionen el 100% del valor de la cartera hipotecaria que compren en el exterior, lo que quita atractivo a la opreación especulativa.
Pero estas medidas preventivas y de protección al deudor de buena fe, por encima del interés de los banqueros ( capital ), solo son posibles si el gobierno de turno profesa una ideologia que las acepte y las considere correctas. Eso se llama inervencionismo o dirigismo estatal, y suele tener diversos grados o formas de aplicación. Por estos lares a esa ideología se la está conociendo como ¨Socialismo del siglo XXI¨, cuando realmente debería llamarse ¨Capitalismo Keynesiano del siglo XXI¨.
Precisamente, porque el dogma neoliberal imperante en los EE.UU. y Europa no admite la posibilidad de la intervención del Estado en los mercados, es que sobrevino la crisis ( ¿ cíclica ? ).
Con el tiempo, el dogma neoliberar ha devendio en un absurdo, por no decir una farsa, pues ante sus imperfecciones y crisis recurrentes finalmente los estados intervienen, aunque no precisamente en favor de los ciudadanos, sino apoyando a los responsables de las crisis, los bancos.
Por eso, precisamentm, es que en sociedades industrializadas, que a pesar de toda la crisis aun son muy ricas, como la norteamericana y la europea, las ¨soluciones¨ están haciendo mas mal que bien a la población. Mientras, los acumuladores de capital no pierden mayor cosa.
A evitar todo eso, preventivamente, apunta la reforma del presidente Correa.
Anónimo,
Tus comentarios no refutan en lo más mínimo el problema económico que causa esta ley en un escenario en el cual es totalmente innecesaria. Así como seguramente te quejarías si se ponen reglas super estrictas de salvataje bancario (y yo también me quejaría) por que puede propiciar "moral hazard" y generar una crisis, lo mismo pasa cuando se cubre el prestatario de esta manera.
Hay cosas que suenan bonito, pero que económicamente son muy estúpidas y terminan generando más problemas. Así como la mano invisible y el libre mercado al extremo suena bonito pero termina siendo muy esúpido, lo mismo esta ley...
¿ el problema económico que causa esta ley ?
¿ cuál problema económico ?
¿ podrías explicarlo ?
De hecho, esta ley esta orientada a evitar problemas económicos, como los que actualmente se dan en EE.UU. y España.
Precisamente, si en esos paises se hubieran tomado medidas como ésta, no estarían en los problemas actuales.
¿De qué forma puntual, específica, esta ley previene una crisis financiera como la que ocurrió en EEUU o España? ¿Acaso hay un minúsculo indicio de una crisis hipotecaria en Ecuador?
las leyes no se hacen solo cuando existe un problema o crisis. Y tampoco es necesario ningún indicio de crisis. Esa es una visión limitada.
La reforma es de control, y como tal es preventiva, y se conjuga con las disposiciones de la Junta Bancaria.
La explicación de la crisis ya está en el articulo objeto de nuestro debate, por lo que valdría lo leas.
En todo caso, te cito la parte medular, que lleva a la reforma propuesta por el presidente Correa:
¨Los bancos se excedieron en prestar a personas que no debían ser sujetos de crédito, con la garantía de INMUEBLES que SE ESTIMARON EN UN VALOR SUPERIOR AL REAL. Cuando esos deudores no pudieron pagar, eso provocó que el PRECIO DE LAS CASAS CAYERA en masa. Por tanto, como las CASAS de repente VALIAN mucho MENOS que las DEUDAS, resulta que los deudores no solo se quedaron sin vivienda, sino que siguen siendo perseguidos por los bancos¨.
Con la reforma del presidente Correa, los bancos estarán obligados a recibir la casa por la deuda original, sin castigar su avaluo.
Eso obligará a los bancos a actuar con transparencia, pues al otorgar el crédito lo harán por el avaluo municipal.
Por ejemplo, si una casa esta avaluada en $100.000, el préstamo no puede ser mayor, como si la casa valiera más.
Y si más adelante el deudor no puede cumplir su deuda, el banco está obligado a recibir la casa por el avaluo oficial, que a su vez debió ser base del préstamo.
Precisamente, hoy la Junta Bancaria ha dictado una norma complementaria, por la cual establece que los prestamos hipotecarios se concederán sobre el avaluo municipal. De lo contrario, el banco deberá provisionar el 100% del excedente.
Bueno, ahora también me gustaria leer tu explicación sobre ¨el problema económico que causa esta ley¨, según afirmas.
¿ puedes ?
Dos aclaraciones: 1. Estás mezclando mi comentario con el comentario de uno de los anónimos. Yo nunca he afirmado nada sobre el "problema económico que causa esta ley". 2. Gracias por tu recomendación, pero obviamente sí leí el artículo, ya que soy el autor.
El problema de fondo en España y EEUU no se origina con la extinción de las deudas, sino con los excesos al haber prestado de más y la subida irreal del precio de las viviendas. Eso no se soluciona con la reforma que propone Correa, simplemente porque no existe la menor relación entre lo uno y lo otro. La propuesta de Correa va dirigida a solucionar un EFECTO muy particular de esa crisis (que en Ecuador no existe ni se espera que exista), que es la imposibilidad GENERALIZADA de los deudores para cubrir sus préstamos hipotecarios.
En cuanto a tu afirmación de que "si una casa está avaluada en $100.000, el préstamo no puede ser mayor, como si la casa valiera más", vale recordar dos cosas: 1. Los avalúos municipales, en la historia reciente de Ecuador, son irreales (eso se está intentando corregir ahora, qué bueno). 2. ¿Cuál es la razón económica para fijar como tope el avalúo que hace el Estado? ¿Por qué das por sentado, sin ningún argumento, que deba ser así?
ciertamente, confundi a los ponentes. Disculpa.
En todo caso, está claro que el problema se origina por la subida del precio de las viviendas, al momento de otorgar los préstamos. Luego, en la crisis, esos precios fueron reexpresados a la baja, supuestamente al precio verdadero, por lo cual el bien ( perdido ) no cubre la deuda original, y queda un saldo por pagar.
Ese juego con el valor del inmueble se llama especulación, y es posible al no existir un parámetro oficial de referencia para determinar el valor del bien en garantía, lo cual perjudica al deudor, que puede ser llevado a la exclusión social, por entregar un bien a valor menor de la deuda original, y aun quedar debiendo.
La reforma propuesta por el presidente Correa, que establece el valor del inmueble como el valor de la deuda, antes o despues de una crisis, evita la especulación ( castigo posterior del valor ).
¿ Y cómo se determina el valor del inmueble ?
Precisamente, al fijarse el avaluo municipal como referencia para el préstamo, las partes quedan atadas por un valor fijo invariable, tanto para antes como después de una eventual crisis.
Reitero que no es necesario estar a las puertas de una crisis para tomar medidas. Y al tratarse esta reforma de una medida de control, es también preventiva.
En cuanto al valor de los avaluos municipales, los del cantón Guayaquil, por ejemplo, se encuentran actualizados desde hace unos 4 años. Los actuales avaluos ya no son de cientos de dolares, sino de decenas de miles.
Si los otros cantones no han actualizado sus valores, esta reforma los impulsará a hacerlo.
Además, recuerda que la reforma cubre al deudor de buena fe, que ha comprado un inmueble para la familia, hasta uno $150.000, y que no tiene otros inmuebles.
Si se trata de obligaciones hipotecarias de una persona, natural o juridica, dedicada al comercio de inmuebles, o montos mayores a $150.000, o propietarios de varios inmuebles, no quedan protegidos por esta reforma ni se excluye la hipoteca abierta.
Esta reforma, como toda las leyes, lo que hace es considerar un presupesto de hecho, con determinadas características. Quienes encajen en esas caracteríticas quedan dentro de la norma. El resto no.
Por ejemplo, la Ley de Régimen Tributario Interno establece el presupuesto de hecho por el cual la venta de una vivienda personal no genera impuesto a la renta sobre la plusvalia del bien.
Pero las ventas de las inmobiliarias o de personas dedicadas al comercio de inmuebles si generan impuesto a la renta, porque en esos casos los inmuebles se consideran un tipo de mercadería.
De igual manera, le reforma del presidente establece un presupuesto de hecho, para determinadas circusntancias, cuyo objetivo es evitar el posible deterioro del patrimonio de las familias que viven en este pais, en el evento de una crisis, cuya certeza es irrelevante para legislar.
Lamentablemente, los españoles y los norteamericanos no se dieron cuenta a tiempo del peligro, y ahora lloran sobre el difunto.
Me parece un desatino dar por sentado que como no hay crisi inmobiliaria no se deben tomar medidas preventivas, acaso Es normal que un bien inmueble que hace un anio y medio costaba 125.000 ahora cueste 160.000. No será que efectivamente se esta colocando demasiado capital si un análisis real de capacidad de pago lo que incrementa la demanda. Acaso no hubiera sido bueno una medida normativa preventiva antes del salvataje bancario porque cuando los bancos ganan dinero lo reparten entre ellos y cuando lo pierden lo debemos pagar todos
El problema es que las medidas propuestas no son preventivas.
Saludos,
JPM
Porque no son preventivas? Ahora los bancos para entregar créditos, deberán revisar mejor la documentación de la persona que solicita el préstamo, ya que de no hacerlo, se van a quedar con un bien inmueble que a la larga ellos no necesitan y seria como un activo toxico ya que podría caer de precio... eso no es preventivo?
Los únicos que entran en esta categoría son personas que adquieren su primer hogar y que este inmueble cueste menos de $150000... eso no es preventivo para las familias.
Esta ley es buena tanto para los banqueros como para los prestatarios.
¿Por que lo hace en este momento? mmm... y porque no hacerlo? después de todo la banca puede argumentar que la ley no es retroactiva, asi que mejor poner la reglas claras en este momento, no crees?
A diferencia de lo que estaban haciendo con las tarjetas de crédito de entregar a diestra y siniestra a todo el mundo... incluso a personas que no tenían cuenta de ahorro con el banco que entregaba la tarjeta.
Publicar un comentario en la entrada