junio 28, 2012

¿Hubo golpe de Estado en Paraguay?

junio 28, 2012



Mucha tinta ha corrido ya sobre la reciente destitución del presidente Fernando Lugo por una decisión abrumadoramente mayoritaria, pero sorprendentemente veloz, del Senado paraguayo. Muchos adjetivos y reacciones —en su mayoría de condena— han surgido en torno a este súbito cambio en el poder. ¿Quién tiene razón? ¿Fue un golpe de Estado parlamentario, como ahora dicen Lugo y sus aliados? ¿Fue un juicio político "express"? ¿O fue un relevo institucional amparado en la Constitución del país?

Sin duda, la destitución de un presidente democráticamente elegido por el pueblo, tan solo nueve meses antes de las siguientes elecciones, es un hecho políticamente grave y censurable, que debe preocupar a la región. En ese sentido, las protestas de los países de Unasur son fundadas. Pero ello no basta para afirmar que hubo golpe de Estado, si no se demuestra que la destitución fue una vía de hecho para usurpar ilícitamente el poder.

Todo el mundo reconoce que la Constitución paraguaya —como muchas otras, incluyendo las de Estados Unidos y Ecuador— permite a la Función Legislativa destituir a un presidente mediante un juicio político. Por tanto, al menos en lo formal, no se puede argumentar que hay golpe por el solo hecho de que un parlamento destituya a un presidente electo en las urnas. Pero este es, paradójicamente, el argumento medular de los mandatarios del ALBA: que no es “legítimo” terminar un mandato popular desde el Congreso. Eso es una falacia. Los congresos son instituciones tanto o más democráticas que el Ejecutivo y, por tanto, no se puede afirmar que, en principio, un juicio político provenga de un agente no representativo del Estado que viole una cláusula democrática. Y, por supuesto, es absurdo que la opinión de la Unasur prevalezca, en este punto, sobre la Constitución que han aprobado los paraguayos para su país.

Así, es falsa la teoría de que el juicio a Lugo fue “legal, pero no legítimo”. Quienes alegan aquello realmente están argumentando en contra de la existencia misma de los juicios políticos, no contra este caso particular. Si es así, entonces debatamos abiertamente si debe haber o no juicios políticos —como lo dijo, sincerándose, Capriles en Venezuela—, pero no digamos sin más que es un mecanismo ilegítimo cuando está reconocido en algunas constituciones impulsadas por los mismos mandatarios que hoy lo critican.

Otro argumento es la vaguedad de la causal invocada contra Lugo: “mal desempeño en las funciones”. Pero las causales de juicio político siempre son vagas. Por ejemplo, según la Constitución de Ecuador, impulsada por Rafael Correa —uno de los primeros en criticar este incidente—, la Asamblea puede destituir al Presidente por “grave crisis política y conmoción interna”, y el Presidente puede disolver la Asamblea por igual motivo. Es que estos no son procesos judiciales donde se demuestra irrefutablemente una infracción concreta, sino procesos netamente políticos, instrumentados con reglas constitucionales, que reflejan un deterioro insostenible en las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo. Esa es la realidad de esta institución. Nuevamente, si eso nos parece mal, la discusión sería sobre la existencia de estos mecanismos y no sobre su aplicación concreta al caso de Lugo.

La tercera crítica a la destitución de Lugo, recogida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, es que el juicio político no cumplió con las garantías fundamentales del debido proceso. En efecto, resolver una destitución al presidente tan solo 24 horas después de haber formulado una acusación en su contra no garantiza plenamente el derecho de defensa, aun cuando los abogados del presidente sí hayan comparecido al parlamento para exponer su posición. No pudo haber existido en tan poco tiempo un análisis serio de pruebas y alegaciones de Lugo. Tanto es así que el parlamento simplemente afirmó que los hechos acusados eran “públicos” y por tanto no requerían prueba. Claro que en estos procedimientos suele haber una decisión prefabricada en función de intereses políticos, pero el Legislativo debió respetar las garantías de su Constitución y el Pacto de San José, aun cuando no hayan estado expresamente consignadas en la regulación del juicio.

Ahora bien, que el juicio político haya lesionado el derecho de defensa, ¿es suficiente para calificarlo de golpe de Estado? Teniendo en cuenta que la situación actual ya ha sido validada por las máximas autoridades judiciales y electorales de Paraguay, que se utilizó un mecanismo reconocido en la Constitución de Paraguay, que la destitución no provino de la fuerza bruta sino de una institución democrática como el Legislativo y que el mismo Lugo aceptó la decisión parlamentaria, creo que es equivocado hablar de golpe de Estado. Pero esta conclusión de ninguna manera pretende soslayar que el juicio a Lugo fue una censurable maniobra de los partidos paraguayos para esquivar la decisión popular de las próximas elecciones, lo cual constituye —política, no jurídicamente— una burla a la democracia.

Por supuesto, tampoco puedo ocultar mi sorpresa frente al doble discurso que la política exterior ecuatoriana ha exhibido en este caso: cuando se trata del amigo Lugo, se hilvanan finísimos razonamientos para calificarlo de golpe, mientras que casa adentro se solapa la falta de democracia de un régimen que destituyó violentamente a un Congreso, que coarta la libertad de expresión de los medios de comunicación y que controla abiertamente el sistema judicial. Y, a propósito de incoherencias, si Ecuador de repente ya no reconoce a los gobiernos "no democráticos"... ¿por qué seguimos siendo amigos entrañables de la dictadura cubana?


Imagen de Infolatam

8 comentarios:

Anónimo dijo...

Excelente, como de costumbre!

Anónimo dijo...

Por otro lado, ya en la discusión de fondo, como tú mismo has apuntado, la definición de "democracia" de Correa y sus secuaces es singularmente elástica. Y lo que entiende por "democracia" el común de los ecuatorianos es un batiburrillo de equívocos. Así que no sorprende la postura del Ecuador ante lo sucedido con Lugo.

Anónimo dijo...

Excelente análisis. El cuestionamniento a la destitución va más bien por un apresuramiento en la ejecución del juicion que no permitiría una defensa sadecuada mas no por el hecho de haber sido siguiendo un proceso constitucional común en muchas Cartas Políticas de la países de la región.
Quienes lo cuestionan como el mismo Correa y Chávez, iniciaron sus carreras políticas al amparo de circunstancias que rompieron el orden constitucional. Lo que invalida su posición crítica a los acontecimientos en Paraguay.

Anónimo dijo...

A propósito de lo cual: http://www.elnuevoherald.com/2012/06/30/v-fullstory/1241503/paraguay-la-defensa-selectiva.html

José dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Anónimo dijo...

Si que estas perdido..Si hay violación del debido proceso es el JUICIO ES ILEGAL Y NULO en consencuencia se trata de una destitución ILEGAL y por ende GOLPE DE ESTADO..la Constitución Ecuatoriana fue referendada por el pueblo, no por un ¨rompimiento constitucional¨ por parte de Correa.

Anónimo dijo...

Que gracioso el que hizo este ¨analisis¨... Resolver una destitución de un presidente en menos 24 horas es violacion al debido proceso, pero no es un Golpe de Estado??! jajajajaja a ver por donde empiezo: Cual es el sentido de destituir a alguien bajo el cargo de ¨mal comportamiento¨ si no se va demostrar la pruebas y se abre un periodo de debate para ello? Cierto no es un proceso judicial, pero cuando se estaba hablando que una acción tiene una sanción, en este caso destitución, es logico que se debe PROBAR este extremo, o de lo contrario para que diablos una constitución pone causales de destitución? Sino eso solo convierte el juicio politico en una excusa de pacotilla y no en lo que se ¨supone¨ que deberia ser que en este caso un examen serio sobre el accionar de un presidente o de lo contrario que mas daria si el congreso le da por destituir a un presidente solo por andar ¨mal vestido¨ "feo¨ o solo porque discrepaba políticamente como se nota que fue fue el caso de Lugo. Si las constituciones de EE.UU, Paraguay, Ecuador y otras establecen el juicio politico y las causales para enjuiciar a un presidente es obvio que se tiene que establecer el vinculo entre el actuar del mandatario y sus consecuencias, y determinar que dicho ¨mal desempeño¨ o ¨grave crisis¨ solo puede ser atribuible a el únicamente y no como consecuencia del accionar de alguien ajeno...como por ejemplo el mismo congreso que forma parte del gobierno y que le apruebas las leyes que el gobierno ejecuta, y que cinicamente esta e lo esta juzgando ahora. La razon principal por la que se debe seguir un debido proceso a pesar de ser un juicio politico..es porque el personaje que se esta juzgando es el presidente de la Republica elegido por VOTO POPULAR!! Es el respeto a la voluntad popular lo que esta de por medio y merece un minimo de seriedad con el fin de llegar a la verdad sobre el actuar del gobierno a fin de mantener la confianza y la misma legitmidad de las instituciones del Estado y no generar la polarización de la sociedad. Ahora un congreso no puede ser realmente un juez del desempeño de un mandatario porque no es una institución que se encarga de evaluar el accionar de un presidente, sino que su función es principalmente a legislar, pues es el soberano al final quien aprueba o imprueba el accionar de un mandatario, Por ello es que un juicio político de esta índole , aunque digas lo contrario, aunque fuera legal, jamas será legitimo. Y digo ¨si fuera legal¨ porque tampoco es legal bajo la misma constitución paraguaya y los tratados internacional suscritos por paraguay ya que la violación al derecho a la defensa o ejecución de un acto de indefensión automáticamente invalida el proceso por no observarse toda la legalidad del proceso sin importar si se trata de uno jurídico o político..pues en este caso es obvio que un juicio de 24 horas con sentencia dictaba previamente sin si quiera escuchar al ¨acusado¨ no puede ser un procedimiento legalmente valido, y en consecuencia se trata de una ¨sucesion¨ ilegal y viciada que se traduce a GOLPE DE ESTADO porque se saca del poder a un presidente electo sin un motivo legal o legitimo o minimamente probado. Ahora lo que se te nota claramente es que tenes un problema personal con Correa ya que solo incoherencias y falacias hablas..."que Destituyo violentamente al congreso, vulnera la libertad de expresión¨ y bla, bla... inconsistencias. Por último nada que ver comparar lo sucedido en Paraguay con la situación de Cuba..pues la legitimidad y legalidad del ¨régimen¨ cubano nunca a estado en duda o bajo observancia por la comunidad internacional en 53 años de existencia y su situación no es en nada parecido a lo sucedido en Paraguay porque lo cuestionado en Paraguay es como se produjo el régimen, no como se ha mantenido. Pero bueno si quieres engañarte solo estas en tu derecho.

Héctor Yépez Martínez dijo...

Cito tus palabras sobre la dictadura más larga de América Latina:

"la legitimidad y legalidad del ¨régimen¨ cubano nunca a estado en duda o bajo observancia por la comunidad internacional en 53 años de existencia".

Y me dispenso cualquier comentario adicional.

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